Buromail certificado o burofax: ¿cuál es mejor para notificaciones legales?
Desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, que obliga a intentar una solución extrajudicial antes de interponer una demanda, muchas personas y profesionales jurídicos se preguntan: ¿qué medio de notificación es más adecuado para dejar constancia de ese intento? ¿Buromail certificado o burofax?
Ambos métodos, al menos hasta el momento, son perfectamente válidos desde el punto de vista jurídico, siempre que se utilicen correctamente. Pero tienen diferencias importantes que conviene conocer para asegurar que el intento de resolución extrajudicial sea admitido como prueba en sede judicial.
¿Qué es un buromail certificado?
El buromail certificado es una comunicación electrónica que deja constancia tanto del contenido enviado como de su entrega, fecha, hora y estado de apertura. A diferencia del simple correo electrónico, este tipo de comunicación cuenta con respaldo legal gracias a la intervención de un prestador cualificado de servicios de confianza.
Es especialmente ágil, rápido y económico. Se envía por correo electrónico, pero con garantías similares a las de un burofax tradicional. No obstante, para evitar que haya algún tipo de excusa, es recomendable enviarlo a una dirección de correo asociada directamente a la persona destinataria.
El uso de cuentas genéricas como info@empresa.com puede ser problemático. En términos jurídicos, no garantiza que la notificación haya sido recibida por el verdadero interesado. De hecho, algunos jueces pueden considerar que no se ha cumplido con el principio de entrega personal o conocimiento efectivo si la dirección no permite identificar con claridad al receptor como parte directa del conflicto.
Aún así, si sólo cuentas con una dirección genérica, no te preocupes, ya que en CertiDEMANDA también hemos pensado en esto y nos aseguramos de saber qué email es el que está leyendo realmente el MASC.
¿Qué es un burofax?
El burofax es una comunicación en papel que se envía a través del servicio de Correos o de un operador certificado. Permite acreditar el contenido enviado, la fecha y hora de entrega, y el destinatario. Su uso está ampliamente extendido en el ámbito jurídico y es especialmente útil cuando no se dispone de una dirección electrónica verificada o se busca una vía tradicional indiscutida.
El burofax sigue siendo una herramienta muy potente, aunque más lenta y costosa que el buromail certificado.
¿Entonces, cuál es mejor?
Depende del caso concreto:
Criterio | Buromail Certificado | Burofax |
---|---|---|
Rapidez | Alta (entrega inmediata) | Media (envío físico) |
Coste | Más económico | Más caro |
Ideal si... | Tienes email directo del destinatario No tienes la dirección postal o el teléfono | Solo tienes dirección postal |
¿Qué hace CertiDEMANDA?
En CertiDEMANDA, no nos limitamos a enviar una notificación y esperar. Somos tu representante legal durante la fase precontenciosa.
Nuestro compromiso es garantizar el cumplimiento riguroso de la Ley Orgánica 1/2025. Para ello:
- Redactamos la comunicación conforme a derecho.
- Elegimos la vía de notificación más adecuada según el caso (buromail certificado, burofax o SMS certificado).
- Siempre que es posible, utilizamos más de una vía de comunicación, reforzando así la constancia documental del intento de resolución.
- Aportamos información tremendamente valiosa sobre apertura y lectura de la propuesta
- Generamos un certificado oficial que acredita todo el proceso, incluyendo la falta de respuesta si la hubiere, para que puedas presentar tu demanda con todas las garantías.
Este enfoque múltiple tiene un objetivo claro: acreditar el “esfuerzo razonable” que exige la ley antes de acudir al juzgado.
Conclusión
Tanto el buromail certificado como el burofax son herramientas válidas para acreditar un intento de solución extrajudicial. La clave está en usarlos bien, con criterio jurídico y documentación adecuada.
En CertiDEMANDA lo hacemos por ti.
¿Quieres que el próximo intento de MASC sea válido y te acerque a una resolución efectiva del conflicto?